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ERRORES EN TU START-UP: A VUELTAS CON LA MARCA.

Una vez se ha desarrollado una idea más o menos asentada de cuál va a ser el negocio y se ha esbozado una primera aproximación de Business Plan, uno de los primeros pasos que suele llegar en el momento de lanzar una start-up es la elección de la denominación social. En dicho proceso se suele invertir una cantidad no poco considerable de tiempo principalmente por dos razones:

1. Porque cada vez es más difícil encontrar una denominación social disponible por no ser idéntica o similar a otras ya en uso.

2. Porque se ocupa mucho tiempo en pensar y buscar un nombre que guste al emprendedor.

Registrar la marca es un proceso importante y poco sencillo para un outsider.

Una vez se tiene dicha denominación social, se constituye la empresa y el emprendedor suele encontrarse con un primer inconveniente: el dominio que quería no está disponible, de tal manera que tiene que terminar comprando un dominio que se parece, pero que no era su primera opción. Pero el verdadero problema llega cuando tiene que registrar la marca de su producto o servicio, utilizando como marca su “tan pensada” denominación social, y se encuentra con muchos problemas para hacerlo, cuando no es directamente con la imposibilidad de registrarla.

Registrar la marca es un proceso importante y poco sencillo para un outsider. Es importante porque:

1. La marca de un negocio, a diferencia de su denominación social, sirve para diferenciar los productos y servicios de la empresa en el mercado, otorgando distintividad ante terceros (clientes, proveedores, etc.) a los servicios o productos ofrecidos.

2. La marca puede convertirse en un activo vital de una compañía al crear un fondo de comercio de manera “natural”, imposible de conseguir a través de cualquier otro activo.

3. El registro correcto de una marca es la única medida posible para evitar:

· Que un tercero utilice tu marca aprovechándose de tu fondo de comercio.

· Que un tercero pueda ofrecer un servicio o producto idéntico o similar al tuyo mediante una marca idéntica o similar.

· El uso ilícito de la marca por parte de un tercero, ya que ésta otorga la oportunidad de evitar, mediante las acciones correspondientes, que pueda producirse confusión en terceros (clientes, proveedores, etc.).

· Que un tercero pueda dañar la reputación de tus servicios o productos mediante una combinación de lo anteriormente expuesto.

Es un proceso poco sencillo por varias razones: hay que seguir un procedimiento administrativo muy estricto; existen distintos tipos de marcas con posibles efectos en distintas jurisdicciones y territorios; porque el adecuado diseño, creación, lanzamiento y registro oficial de una marca lleva implícito una gran carga subjetiva que es totalmente inevitable; porque muchos emprendedores desconocen que puede haber una desconexión total entre la denominación social y la marca (o marcas) de una empresa; etc.

Precisamente la carga subjetiva anteriormente comentada es uno de los temas más espinosos. El hecho de contar con una denominación social reservada porque no existe ninguna otra igual o similar no significa que tengas el registro de ese término como marca de forma segura ya que:

· El concepto “similar” es muchísimo más amplio en el mundo de las marcas que en el de las denominaciones sociales (es decir, hay muchos más factores que pueden hacer una marca similar a otra)

· En el mundo de las marcas hay muchos más agentes económicos que pueden opinar y oponerse al registro de una marca por ser similar a otra (en el caso de las denominaciones sociales, solo tiene voz el Registro Mercantil central).

· Una empresa puede tener una o numerosísimas marcas registradas que no tengan nada que ver con su denominación social.

Si se da alguno de estos problemas y, como consecuencia de la existencia de una marca de un tercero es imposible registrar la marca propuesta, las consecuencias, entre otras, serán:

· Imposibilidad de seguir utilizando la marca.

· Destrucción de cualquier material que tenga la marca.

· Posible indemnización por daños y perjuicios y/o por lucro cesante al titular de la marca previamente registrada.

Es por ello que la creación, diseño y decisión sobre la marca (e indirectamente, sobre el dominio) no pueden ser una decisión o acta secundario en el proceso de creación de una start-up y desde Vaedro Asesores te recomendamos que se convierta en una prioridad: unos de los primeros pasos a dar, prácticamente de forma inmediata al desarrollo del Business Plan. Solo así se puede realizar un desarrollo correcto de la marca y de su registro, asegurando de esta forma el éxito del posterior lanzamiento del producto y servicio, así como de todas las acciones de marketing asociadas.

Y por supuesto, antes de decidir definitivamente sobre tu marca, pide asesoramiento al respecto. En Vaedro Asesores estaremos encantados de ayudarte. El mundo de la marca es un terreno complicado, donde siempre es mejor moverse con el mejor asesoramiento profesional para evitar problemas futuros.